Actualización de la Guia de Contractación Pública Social
#GuiaContractacióPública Actualización de la normativa institucional para la compra pública ética y sostenible
Acerca de este proceso
La contratación pública socialmente responsable consiste en integrar aspectos sociales, éticos y ambientales en los procesos y fases de la contratación pública. También implica que las decisiones en materia de contratación no consistan sólo en contratar un servicio o adquirir un producto para una utilidad concreta, sino que tengan en cuenta otros aspectos relacionados con la forma y condiciones de producción, los materiales utilizados, las consecuencias de la producción o las condiciones laborales de las personas trabajadoras. Con la inclusión de cláusulas sociales en la contratación, no sólo se satisface una necesidad, sino que también se contribuye a alcanzar una determinada política pública.
Es por ello que en el pleno del 26 de febrero de 2016 se hizo público el manifiesto institucional del Ayuntamiento de Lleida sobre la compra pública ética y sostenible. Desde entonces, la Paeria ha ido incorporando diversas cláusulas sociales para aplicar las condiciones administrativas generales a la contratación, incluyendo la ética laboral, la igualdad de género, la inclusión social y el medio ambiente.
Por otra parte el pleno de 25 de noviembre de 2016 aprobó una moción para la redacción de un documento guía que definiría la inclusión de las cláusulas sociales, para el fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad con especiales dificultades, en la contra acción pública del Ayuntamiento de Lleida.
Para esta tarea de redacción del documento-guía se creó la Comisión para la contratación responsable, formada por personas representantes de los grupos políticos, representantes de las entidades del tercer sector, de las patronales y de los sindicatos, así como personal técnico del Ayuntamiento.
Para la elaboración de la guía se tuvo en especial consideración los diversos ítems procedimentales y conceptuales que configuran todo el proceso de contratación. Desde su inicio hasta su finalización así como su posterior actualización.
Una vez finalizados estos trabajos, en fecha 5 de octubre de 2018, el Pleno aprobó la Guía de Contratación Pública Social en el Ayuntamiento de Lleida, que es un documento vivo y que está sometida a evaluación y revisiones continuas para adaptarla a la realidad social actual.
La Directiva 2014/24/UE recomienda que los poderes públicos utilicen la contratación para apoyar los objetivos sociales comunes, para conseguir una mayor transparencia en la contratación pública, y una mejor relación calidad-precio. Con el fin de conseguir este último objetivo, los órganos de contratación deben velar para que los criterios de adjudicación permitan obtener obras, suministros y servicios de gran calidad, incluyendo aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato . En este sentido, esta guía quiere incluir actuaciones positivas en materias tales como la estabilidad laboral y de calidad en el empleo, la igualdad de género, la inserción laboral y social, la compra pública ética, la transparencia fiscal, el fomento de la pequeña y mediana empresa (PYME), el medio-ambiente en general, la alimentación, de tipo lingüístico, la ética, la confidencialidad, la accesibilidad y otras medidas de fomento de la contratación pública socialmente responsable.
Como modelo de referencia en lo que se refiere a las cláusulas para una contratación socialmente responsable por parte de los servicios técnicos se fomentarán la utilización de los siguientes tipos de cláusulas:
- CLÁUSULAS DE ESTABILIDAD LABORAL Y DE CALIDAD EN EL EMPLEO. Por medio de la incorporación de esta tipología de cláusulas a los contratos, se pretende mejorar la calidad del empleo que se genera mediante los contratos públicos, fomentando aspectos como la estabilidad laboral, salarios dignos, seguridad y salud laboral y conciliación de la vida personal, laboral y familiar, entre otros.
- CLÁUSULAS PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO. Se pretende eliminar las desigualdades que todavía existen entre el hombre y la mujer en el mercado laboral; erradicar posibles discriminaciones o desigualdades por razón de sexo; impulsar una mayor y mejor ocupación laboral de las mujeres, especialmente aquellas que tienen dificultades de inserción laboral; facilitar la conciliación entre la vida familiar, personal, doméstica, profesional y laboral entre mujeres y hombres; y promover la responsabilidad empresarial en materia de igualdad.
- CLÁUSULAS PARA LA INSERCIÓN LABORAL Fomentar el empleo de las personas más desfavorecidas en el mercado laboral, como son las personas con discapacidad, las personas jóvenes, las personas en paro de larga duración...con el objetivo de crear más y mejores oportunidades de trabajo para todos
- CLÁUSULAS PARA UNA COMPRA PÚBLICA ÉTICA. La compra pública ética contribuye a la responsabilidad global con un desarrollo humano y sostenible basado en la equidad, la justicia y el respeto por los derechos humanos a partir de la inclusión de criterios éticos, sociales, ambientales y de sostenibilidad en los procesos de contratación, con voluntad de priorizar, en las compras públicas, a los proveedores y productos que apuesten por criterios exigentes en este sentido, como la promoción del comercio justo.
- CLÁUSULAS PARA LA TRANSPARENCIA FISCAL Obtener el compromiso, por parte de la empresa adjudicataria, de ejecutar el contrato con criterios de transparencia fiscal, de riguroso cumplimiento de la legislación tributaria y de compromiso a la no realización de operaciones financieras contrarias a la normativa tributaria en países que carezcan de normas sobre control de capitales y sean considerados paraísos fiscales por la Unión Europea.
- CLÁUSULAS PARA EL FOMENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (PYME). Medidas para facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a la contratación pública, incidiendo en el incremento de la transparencia, participación y eficiencia general de la contratación pública.
- CLÁUSULAS AMBIENTALES GENERALES La consecución de las políticas públicas de protección del medio ambiente.
- CLÁUSULAS ALIMENTARIAS Aspectos relacionados con la calidad de los productos agroalimentarios y las repercusiones ambientales de la producción de alimentos, que tienen también una incidencia indirecta en la salud pública. Definiendo conceptos como: producción agraria ecológica, producción integrada o producto fresco...
- CLÁUSULAS LINGÜÍSTICAS Cumplimiento de criterios lingüísticos para amparar, fomentar y normalizar el uso de la lengua catalana en todos los ámbitos, de acuerdo con las previsiones de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, y que se garantice el uso normal y oficial del catalán y del castellano de acuerdo con el Reglamento para el uso de la lengua catalana en el Ayuntamiento de Lleida.
- CLÁUSULA ÉTICA Hacer públicos los principios éticos y las reglas de conducta a los que los licitadores y contratistas deben adecuar la actividad en las relaciones contractuales en el ámbito de la contratación pública.
- CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Incorporación de una cláusula de confidencialidad que permita el equilibrio entre el derecho de confidencialidad de los licitadores y los principios de publicidad y transparencia.
- CLÁUSULAS DE ACCESIBILIDAD Garantizar el conjunto de condiciones de comprensibilidad y usabilidad que deben cumplir el entorno, los espacios, los edificios, los servicios, los medios de transporte, los procesos, los productos, los instrumentos, los aparatos, las herramientas, los dispositivos, mecanismos y elementos análogos, para que todas las personas lo puedan utilizar y puedan disfrutar con seguridad y comodidad, y de la forma más autónoma y natural posible.
- OTRAS MEDIDAS DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA SOCIALMENTE RESPONSABLE Hacer constar que el adjudicatario tiene la obligación de cumplir con la legislación vigente en todo lo especialmente vinculado a la actividad que desarrolla y la ejecución de la prestación.
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